25 jul 2026

El autogobierno también atraca en los puertos

Nuevamente, y después de varios intentos, el Lehendakari Imanol Pradales y el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez retrasan su reunión hasta después del verano ante el bloqueo en los traspasos

Uno de los puntos cruciales en donde encalla esta negociación institucional entre el Gobierno Vasco y el Estado, es el traspaso de los puertos de Bilbao y Pasaia. Pero, ¿cuál es el punto de fricción? ¿En la Constitución, en el Estatuto de Gernika o en la voluntad política de interpretar ambos textos?

Vayamos por partes. La Constitución Española de 1978 establece, en su artículo 149.1.20ª, que corresponde al Estado la competencia exclusiva sobre los puertos de interés general. Esta es la principal defensa que plantea el gobierno español para no traspasar esta competencia. Y la que esgrimen los sucesivos gobiernos españoles para mantener la titularidad y gestión de los puertos de Bilbao y Pasaia.

En el otro lado de la mesa, el gobierno vasco refiere al artículo 148 que permite a las comunidades autónomas asumir competencias sobre aquellos puertos que no desarrollen actividades comerciales de interés general. El Estatuto de Gernika concreta esta previsión en su artículo 10.31 al reconocer a la Comunidad Autónoma del País Vasco competencia exclusiva sobre los puertos que no tengan la calificación de interés general otorgada por el Estado.

Este es el nudo gordiano al que se enfrentan ambas partes a la hora de alcanzar un acuerdo.

Jurídicamente, mientras un puerto mantenga la calificación de interés general el estado ostenta la competencia sobre los mismos. Hasta aquí hay conformidad de ambas partes. Pero el auténtico debate es quien determina, quien decide que es un puerto de interés general y con que criterios.

En la actualidad es el propio Estado quien define esa categoría mediante la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Esa norma fija criterios relacionados con el volumen de tráfico, la relevancia económica, la conectividad internacional o el carácter estratégico de la infraestructura. Pero la misma ley contempla también la posibilidad de que un puerto pueda dejar de ser considerado de interés general cuando cambien las circunstancias que justificaron dicha catalogación.

Y he ahí donde el Gobierno Vasco entiende que es aplicable al puerto de Pasaia, ya que la realidad portuaria ha evolucionado y ya no desempeña ese papel estratégico que motivo en su día su inclusión en la red estatal de puertos, por lo que podría ser desclasificado y transferido conforme al Estatuto de Gernika.

Aquí es donde se define las posiciones ambas partes. El gobierno español entiende que el puerto de Pasaia continúa siendo una infraestructura esencial en clara contraposición con las posiciones del gobierno vasco. Evidenciando que el debate ya no es exclusivamente jurídico, sino político e institucional.

En relación al puerto de Bilbao, y reconociendo que el principal puerto del Cantábrico es un puerto de interés general, lo que el ejecutivo del Lehendakari Imanol Pradales reivindica no es tanto su desclasificación sino formulas que permitan que las instituciones vascas asuman la gestión, manteniendo la titularidad estatal, o, cuando menos, asumir determinadas funciones de supervisión

Cuando hablamos del autogobierno vasco hablamos del Estatuto de Gernika. Un pacto político destinado a desarrollarlo. Y para ello se necesita voluntad política.

En las últimas décadas, a pesar de las trabas jurídicas interpuestas, se han materializado transferencias mediante acuerdos políticos. Y, ejemplos recientes los tenemos con el traspaso de Cercanías, distintas materias de Seguridad social, etc.etc

Poner la Constitución española como muro para cualquier avance en materia de transferencias, es una clara utilización de la misma, ya que la propia legislación estatal tiene mecanismos para articular modelos de delegación o cogestión, si entre las administraciones correspondientes hay voluntad de acuerdo.

Voluntad política suficiente para adaptar normas aprobadas hace varias décadas, a la realidad institucional y económica de la Euzkadi del siglo XXI


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