A el Sr. Arriola consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes del País Vasco
Se le acaba de ocurrir la brillante idea de, a costa de las 20.000 familias que disfrutan de un piso calificado de V.P.O., en régimen de derecho de superficie, obtener unos suculentos ingresos que le permitan financiar la construcción de viviendas en alquiler.
Absolutamente a favor de las viviendas en alquiler, sobre todo dirigidas a la gente joven que a duras penas pueden hacer frente a la compra de una vivienda en propiedad, y no digamos en régimen de V.P.O. (sorteo incluido)
En lo que no estoy de acuerdo es en las fuentes de financiación elegidas
Deben ser las instituciones las que deben provisionar dentro de sus propios presupuestos, inversiones públicas que permitan la realización de los proyectos.
Pero nos encontramos con un Gobierno Vasco, sin ideas, y que, de acuerdo al modelo de ZP, ha recortado drásticamente cualquier inversión pública. Solución del Sr. Arriola: vendemos el suelo público, a los que lo disfrutan en régimen de derecho de superficie.
Y como los usufructuarios desconocemos las leyes y normativas que regulan nuestras viviendas, según él, ante el pánico que nos entrará con la perspectiva de que dentro de 20+55 años seremos desalojados de nuestra vivienda, y puestos debajo del puente(no es mi caso, que tengo reservado sitio en Derio para esas fechas), decía, acudiremos en masa a su ofrecimiento y le pondremos encima de su mesa los 17.000 euros que, en mi caso, me ha estipulado. Que miedo.
Las V.P.O. se rigen a efectos de lo dispuesto en relación a las Viviendas de Proteccion Oficial en el Real Decreto Ley 3148/1978, Real Decreto 2569/1985 y posteriores disposiciones adicionales.
Las viviendas calificadas como V.P.O., edificadas anteriores al 2003 obtienen la calificación de viviendas de venta libre a los veinte años de su calificación inicial. Las edificadas en años posteriores mantienen su calificación de V.P.O. de por vida.
De acuerdo a la información facilitada por la Conserjería de Vivienda del Gobierno Vasco:
A partir de los 20 de su calificación como V.P.O. la vivienda
“perderá la calificación de vivienda de protección oficial, por lo que pasará a ser considerada como vivienda libre”
A partir de esa fecha quedan sin efecto los derechos de tanteo y retracto y de adquisición preferente que actualmente ostenta la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi sobre la vivienda
L a propiedad del suelo en que se encuentra edificada la vivienda corresponde en ese momento y seguirá correspondiendo a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
A parte del (2014) se podrá vender la vivienda a cualquier particular, reúna éste, o no, los requisitos para acceder a VPO, al precio libre del mercado para viviendas edificadas en derecho de superficie, sin consulta previa al Gobierno Vasco y sin sometimiento a precios tasados u otros.
Las edificadas en derecho de superficie, sus propietarios son sólo del vuelo, no del suelo, ya que éste permanece en propiedad del Gobierno Vasco.
Que es lo que ofrece el Sr. Arriola?. La compra de suelo, 17.000 euros en mi caso, como ya lo he comentado, y poder hacerme con el 100% de la propiedad de mi vivienda.
A cambio de? De que renuncie a que mi vivienda, que dentro de cuatros años, que pasará al mercado libre, pase a calificarla como V.P.O. de forma permanente.
Es decir, renunciar a que mi vivienda entre dentro de cuatro años en el mercado a precio libre, y encima pagar por ello. (Hay un dicho popular que es .. encima de…. Pongo la cama)
Vamos a ver, Sr. Arriola, Vd. Quiere hacer un negocio conmigo. De acuerdo, pero encima no me penalice, porque deja de ser un negocio de dos.
El problema para el Sr Arriola es que, en mi situación hay mas de 12.000 familias que dudo mucho estén decididos a hacer el “primo”, por mucho que su conserjería necesite dinero,
Por otro lado, que ofrecen a los propietarios de viviendas edificadas con posterioridad al 2002?. Sus viviendas de V.P.O. mantienen, ya, la calificación definitiva. Por tanto, por que iban a acceder a la compra del suelo?. Cual es el valor añadido que les ofrece en su propuesta?.
Por último, las condiciones exigidas son bastante peculiares. En primer lugar
Los límites de ingresos por unidad familiar:
25.000 euros para el caso de viviendas de protección oficial de régimen especial viviendas sociales
39.000 euros para el caso de viviendas e protección oficial del régimen general
A las unidades familiares con ingresos superiores les priva de este derecho ¿¿??, cuando son los que tiene mayores posibilidades de ejercitar el pago.
Plazo: Entre el 15.09 al 15.11. Y si una unidad familiar, con posterioridad a esta fecha ve mermados sus ingresos por jubilación, paro, etc?.
Y, el IVA. El 18%. Vamos a ver, la venta del suelo no es “primera transmisión”, no debería ser al 7% o al 9%, en estas fechas?.
Financiación: Se contempla la posible financiación con los Bancos y Cajas adheridas. Vamos a ver: 17.000 euros a un plazo de, por ejemplo, cinco años= 300 euros/mes. No me llega para terminar el mes, Sr. Arriola
Me parece que la propuesta del Sr. Arriola tendrá poco recorrido. Deberá buscar en otros bolsillos. Hombre¡, se me ocurren diversos nombres de su partido, que si les exigiesen Vds. Devolver todo lo que se han llevado no haría falta timar a nadie
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3 comentarios:
http://denunciaaetxebide.blogspot.es/
Buenas, buscando por google encontré esta entrada de tu blog! ya es 2014, que hiciste al final?
Compraste suelo? vas a vender a precio libre? alquilar ( si es que te dejan )?
Un saludo señor!
Buenas, buscando por google encontré esta entrada de tu blog! ya es 2014, que hiciste al final?
Compraste suelo? vas a vender a precio libre? alquilar ( si es que te dejan )?
Un saludo señor!
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